Factura Electrónica Obligatoria y Verifactu en 2027: Calendario Completo, Requisitos y Guía Práctica para Autónomos y Empresas
Apr 04, 2026
La digitalización de la facturación ya no es opcional
Si eres autónomo o diriges una empresa y hasta ahora gestionabas tus facturas con un Excel, un programa antiguo o incluso en papel, el periodo 2026-2028 marca un antes y un después definitivo. Dos normativas independientes pero complementarias están transformando por completo la facturación en España:
- La Ley 11/2021 (Ley Antifraude), desarrollada por el Real Decreto 1007/2023, que establece los requisitos técnicos que debe cumplir todo software de facturación. Es lo que se conoce popularmente como Verifactu.
- La Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece), cuyo reglamento de desarrollo fue aprobado por el Consejo de Ministros el 24 de marzo de 2026, que obliga a emitir facturas en formato electrónico estructurado en las operaciones entre empresas y profesionales (B2B).
El objetivo declarado es doble: combatir el fraude fiscal impidiendo la manipulación de facturas, y modernizar las relaciones comerciales entre empresas y autónomos mediante la facturación electrónica. Aunque pueda parecer un trámite más, la realidad es que el incumplimiento conlleva multas de hasta 50.000 €.
¿Verifactu y factura electrónica B2B son lo mismo?
No, y es fundamental distinguirlos porque se confunden con mucha frecuencia. Son dos obligaciones diferentes, con normativas distintas y calendarios independientes.
Verifactu: los requisitos del software de facturación
Verifactu es el nombre coloquial que se le da a los requisitos técnicos que establece el Real Decreto 1007/2023 (desarrollado técnicamente por la Orden HAC/1177/2024), que desarrolla la Ley 11/2021 (Ley Antifraude). Se refiere a las características que debe cumplir cualquier programa informático que se use para emitir facturas.
La clave: Verifactu aplica a todas las facturas, tanto las que emites a empresas y otros autónomos (B2B) como las que emites a clientes particulares (B2C). No se refiere al formato de la factura, sino a las garantías técnicas que debe ofrecer el software: integridad, trazabilidad, firma digital, código QR y registro de eventos.
Factura electrónica B2B: el formato y el envío
La factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales (B2B) está regulada por la Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece). Se refiere al formato de la factura en sí: en las operaciones B2B, las facturas deberán generarse en un formato electrónico estructurado (legible por máquinas, como Facturae o UBL), no en un simple PDF o papel.
El 24 de marzo de 2026, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto que desarrolla el artículo 12 de la Ley Crea y Crece, estableciendo por fin el marco reglamentario definitivo para la factura electrónica B2B.
Resumen de diferencias entre Verifactu y factura electrónica B2B
Verifactu (Ley 11/2021 + RD 1007/2023): regula los requisitos técnicos del software de facturación, afecta a todas las facturas (B2B y B2C), y su objetivo principal es combatir el fraude fiscal. Plazos: enero 2027 para sociedades, julio 2027 para autónomos.
Factura electrónica B2B (Ley 18/2022 + RD marzo 2026): regula el formato y envío de facturas entre empresas, afecta solo a operaciones B2B, y su objetivo principal es reducir la morosidad y digitalizar. Plazos: desde la publicación de la Orden Ministerial (prevista antes de julio 2026).
Calendario completo de implantación: plazos que debes tener marcados
Plazos de Verifactu (requisitos del software)
Los plazos han sido aplazados en dos ocasiones. Originalmente estaban fijados para julio de 2025, se pospusieron a enero/julio de 2026 (Real Decreto 254/2025) y finalmente se volvieron a aplazar un año mediante el Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025. Los plazos vigentes son:
1 de enero de 2027: Fecha límite para las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades. Esto incluye a todas las sociedades mercantiles (SL, SA, etc.), fundaciones, asociaciones, cooperativas y fondos de inversión, independientemente de su tamaño o volumen de facturación.
1 de julio de 2027: Fecha límite para los autónomos (personas físicas bajo IRPF), establecimientos permanentes de no residentes y entidades en régimen de atribución de rentas que realicen actividades económicas. Si eres autónomo persona física, esta es tu fecha.
Plazos de factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece)
El Real Decreto aprobado el 24 de marzo de 2026 establece plazos escalonados según el volumen de facturación. Estos plazos empiezan a contar desde la publicación de una Orden Ministerial del Ministerio de Hacienda que regulará los aspectos técnicos de la solución pública. El Gobierno ha indicado que esta Orden se publicará antes del 1 de julio de 2026.
Empresas y profesionales con facturación anual superior a 8 millones de euros: Dispondrán de 12 meses (1 año) desde la publicación de la Orden Ministerial. Si la Orden se publica en junio de 2026, el plazo sería aproximadamente junio-julio de 2027.
Resto de empresas, autónomos y profesionales (facturación igual o inferior a 8 millones de euros): Dispondrán de 24 meses (2 años) desde la publicación de la Orden Ministerial. Si la Orden se publica en junio de 2026, el plazo sería aproximadamente junio-julio de 2028.
¿Quién está exento de Verifactu?
No todos los contribuyentes están obligados. Están exentos:
- Empresas acogidas al SII (Suministro Inmediato de Información), ya que ya comunican sus facturas en tiempo real a la AEAT.
- Contribuyentes del País Vasco y Navarra, que tienen sus propios sistemas (TicketBAI en el País Vasco).
- Quienes facturen íntegramente de forma manual (en papel), sin utilizar ningún sistema informático. No obstante, si utilizas herramientas como Excel con fórmulas automatizadas, macros o control de numeración, la AEAT considera que es un Sistema Informático de Facturación (SIF) y sí debes cumplir.
- Autónomos en estimación objetiva (módulos) no están obligados por el momento a Verifactu. La normativa se dirige principalmente a quienes tributan en estimación directa.
¿Qué debe cumplir tu software de facturación con Verifactu?
A partir de la fecha que te corresponda (enero o julio de 2027), el programa que uses para facturar debe garantizar lo siguiente:
- Integridad e inalterabilidad: No se pueden modificar ni borrar facturas ya emitidas. Para corregir un error, hay que emitir una factura rectificativa.
- Trazabilidad mediante hash encadenado: Cada factura queda vinculada a la anterior mediante una huella digital (hash), creando una cadena que impide intercalar o eliminar registros sin que se detecte.
- Registro de eventos: El programa debe guardar un historial de todas las acciones importantes: creación de facturas, accesos de usuarios, modificaciones.
- Firma electrónica: Los registros de facturación deben estar firmados electrónicamente para garantizar su autenticidad.
- Código QR obligatorio: Todas las facturas deben incluir un código QR verificable y la mención "VERI*FACTU" que permite su comprobación en la sede electrónica de la AEAT.
- Declaración responsable del fabricante: El desarrollador del software debe certificar que su programa cumple con toda la normativa.
- Capacidad de exportación: El sistema debe poder exportar y transmitir registros en formato estándar a la AEAT si se requiere.
Dos modalidades de cumplimiento
El RD 1007/2023 permite dos modalidades:
1. Sistema VERI*FACTU (verificable): El software envía automáticamente los registros de facturación a la AEAT en tiempo real. Simplifica las obligaciones de custodia interna.
2. Sistema no verificable: No envía registros automáticamente, pero debe cumplir todos los requisitos de integridad, trazabilidad y conservación, con controles internos reforzados para posibles auditorías.
Factura electrónica B2B: lo que acaba de aprobar el Gobierno
El Real Decreto aprobado el 24 de marzo de 2026 establece las reglas para la facturación electrónica obligatoria entre empresas y profesionales. Los puntos clave son:
- Formato estructurado: Las facturas B2B deberán emitirse en formatos legibles por máquinas (como Facturae, UBL o similares). Un PDF no se considera factura electrónica.
- Trazabilidad del ciclo completo: Los sistemas deberán informar del estado de cada factura (emitida, recibida, aceptada, rechazada, pagada), lo que ayuda a combatir la morosidad.
- Dos vías de intercambio: Las empresas podrán enviar y recibir facturas a través de plataformas privadas interconectadas o a través de una solución pública y gratuita que desarrollará la AEAT.
- Solución pública de la AEAT: Especialmente pensada para autónomos y pymes con bajo volumen de facturación, será completamente gratuita y permitirá cumplir con la obligación sin coste adicional.
Guía paso a paso para adaptarte
- Identifica qué obligaciones te afectan y cuándo. Si eres autónomo persona física, tu plazo para Verifactu es julio de 2027. Si eres sociedad, enero de 2027. Para la factura electrónica B2B, dependerá de tu facturación y de la publicación de la Orden Ministerial.
- Contacta con tu proveedor de software actual. Pregúntale directamente si el programa que usas va a ser adaptado para cumplir con Verifactu. Los desarrolladores tenían obligación de adaptar sus programas desde el 29 de julio de 2025 (Orden HAC/1177/2024). Solicita confirmación por escrito.
- Si tu software no va a ser compatible, investiga alternativas. Compara funcionalidades, precios, calidad de soporte y facilidad de uso. Presta atención a que ofrezca integración con tu asesoría y compatibilidad con factura electrónica B2B.
- Valora la solución gratuita de la Agencia Tributaria. La AEAT ya tiene disponible desde abril de 2025 una aplicación gratuita en su sede electrónica que cumple con Verifactu. Si tu negocio tiene poca complejidad, puede ser suficiente para empezar sin coste.
- Solicita el Kit Digital. Es un programa de ayudas del Gobierno que ofrece bonos para la digitalización de autónomos y pymes. El bono puede cubrir gran parte o la totalidad del coste del software de facturación. Se solicita a través de la web acelerapyme.gob.es.
- Planifica la migración con tiempo. Organiza el traspaso de datos al nuevo sistema. Haz pruebas antes de la fecha límite para familiarizarte y detectar posibles problemas.
Si estás empezando como autónomo y quieres entender desde el principio cómo funcionan las facturas, el IVA, las obligaciones con Hacienda y cómo evitar errores que se pagan caro, en Real Talent Academy tenemos una formación intensiva para autónomos donde se trabajan estos temas de forma práctica.
¿Cuánto cuesta y qué sanciones hay por no cumplir?
Costes de adaptación
Las suscripciones a software de facturación compatible van desde los 10-15 € al mes para soluciones básicas hasta más de 50 € al mes para programas avanzados con funcionalidades adicionales. La solución de la AEAT es completamente gratuita y puede ser suficiente para negocios con facturación sencilla.
Sanciones por incumplimiento
- Para usuarios: Utilizar un software que no cumpla con Verifactu puede acarrear una multa de hasta 50.000 € por ejercicio fiscal. Omitir, alterar o destruir registros de facturación puede suponer sanciones de entre 1.000 € y 100.000 €.
- Para fabricantes de software: Las sanciones ascienden a 150.000 € por ejercicio fiscal por cada tipo de programa no adaptado, más 1.000 € por cada sistema comercializado sin la declaración de cumplimiento.
- Infracciones generales de facturación: Multas proporcionales del 2 % del importe total de las operaciones, o 300 € por operación si el importe no puede determinarse.
Errores que debes evitar
- Dejarlo para el último momento. Los proveedores estarán saturados cerca de las fechas límite y el riesgo de una migración apresurada será alto.
- Asumir que tu programa actual ya es válido. Verifica activamente con el desarrollador. "Siempre lo he usado" no será una excusa válida ante Hacienda.
- Confundir Verifactu con factura electrónica B2B. Son obligaciones distintas con plazos diferentes. Puedes necesitar adaptar tu software a Verifactu en 2027 y, además, implementar factura electrónica B2B en 2027 o 2028 según tu facturación.
- Elegir solo por precio. Una solución barata sin buen soporte técnico puede costarte mucho más en tiempo perdido y problemas a medio plazo.
- No solicitar el Kit Digital. Es dinero disponible para financiar tu adaptación. No aprovecharlo es dejar pasar una oportunidad directa de ahorro.
- Ignorar que Excel cuenta como sistema informático. Si usas Excel con fórmulas, macros o control de numeración automática, la AEAT lo considera un SIF y deberás adaptarte a Verifactu.
Conclusión
España ha dado en 2025-2026 los pasos definitivos para la digitalización completa de la facturación. Por un lado, Verifactu exige que todo software de facturación garantice la integridad y trazabilidad de las facturas, con plazos firmes en enero de 2027 (sociedades) y julio de 2027 (autónomos). Por otro, la aprobación del Real Decreto de factura electrónica B2B establece que las empresas con más de 8 millones de facturación tendrán 1 año, y el resto 2 años, para emitir facturas en formato electrónico estructurado.
No te confíes por los aplazamientos: el tiempo pasa rápido. La buena noticia es que las soluciones ya están disponibles —incluyendo la herramienta gratuita de la AEAT—, hay ayudas públicas para financiar la transición (Kit Digital), y la digitalización de la facturación aporta ventajas reales: menos errores, mejor control de cobros, más eficiencia y mayor transparencia.
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Preguntas Frecuentes
¿Me afecta Verifactu si solo hago facturas a clientes particulares (B2C)?
Sí. La obligación de usar un software compatible con Verifactu (código QR, integridad, trazabilidad) se aplica a todas las facturas, incluidas las B2C. Lo que no te afecta aún es la obligación de emitir en formato electrónico estructurado, que de momento se limita a operaciones B2B.
¿Me sirve Excel para facturar a partir de julio de 2027?
Depende de cómo lo uses. Si utilizas Excel con fórmulas, macros o numeración automática, la AEAT lo considera un Sistema Informático de Facturación (SIF) y deberás adaptarte a Verifactu. En la práctica, Excel no cumple con los requisitos de integridad, trazabilidad, firma electrónica ni código QR, por lo que necesitarás un software certificado o la aplicación gratuita de la AEAT.
¿Qué diferencia hay entre los plazos de Verifactu y los de factura electrónica B2B?
Son obligaciones distintas con calendarios independientes. Verifactu (requisitos del software) tiene fechas fijas: enero 2027 para sociedades y julio 2027 para autónomos. La factura electrónica B2B (formato estructurado entre empresas) tiene plazos que dependen de la publicación de la Orden Ministerial: 1 año para empresas con facturación superior a 8 millones de euros y 2 años para el resto.
¿Qué pasa si facturo menos de 8 millones de euros?
Para Verifactu, el umbral de 8 millones no aplica: la obligación es por tipo de entidad (sociedad en enero 2027, autónomo en julio 2027). El umbral de 8 millones solo afecta a la factura electrónica B2B: si facturas menos de 8 millones, tendrás 2 años desde la Orden Ministerial (previsiblemente hasta verano de 2028) en lugar de 1 año.
¿Qué es el Kit Digital y cómo lo solicito?
Es un programa de ayudas del Gobierno para la digitalización de autónomos y pymes. Ofrece bonos que puedes usar para contratar un software de facturación con agentes digitalizadores adheridos. Se solicita a través de la web acelerapyme.gob.es.
¿Cuánto me puede costar un software compatible?
Desde 10-15 € al mes para soluciones básicas hasta más de 50 € al mes para programas avanzados. La Agencia Tributaria ofrece una solución completamente gratuita disponible desde abril de 2025 en su sede electrónica, que puede ser suficiente para negocios con facturación sencilla.
¿Qué multa me ponen si no tengo un software compatible?
Usar un software que no cumpla con Verifactu puede suponer una sanción de hasta 50.000 € por ejercicio fiscal. Además, omitir, alterar o destruir registros de facturación puede acarrear multas de entre 1.000 € y 100.000 €.
¿Y si soy autónomo en módulos (estimación objetiva)?
De momento, los autónomos en estimación objetiva (módulos) no están obligados a adaptarse a Verifactu. La normativa se dirige principalmente a quienes tributan en estimación directa.
¿Qué ventajas tiene la factura electrónica más allá de la obligación?
Reduce errores manuales, automatiza procesos, facilita el archivo y consulta de facturas, mejora la trazabilidad de pagos (ayudando a combatir la morosidad), permite cobrar antes con mayor previsibilidad y crea un entorno de competencia más justo al dificultar la economía sumergida. El Gobierno estima que la factura electrónica puede generar ahorros de más de 8.000 millones de euros anuales para las empresas españolas.
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